Andorra: 183 días en el año natural
Como máximo 183 días en Andorra en el año natural
Acerca de esta regla
Andorra te considera residente fiscal si permaneces allí más de 183 días durante el año natural. Las ausencias esporádicas también cuentan para los 183 salvo que acredites tu residencia fiscal en otro país, así que tu recuento legal puede ser mayor que tus días en Andorra. También eres residente si el centro principal de tus actividades o intereses económicos está en Andorra, y se presume la residencia si tu cónyuge y tus hijos menores de edad son residentes. Esto solo lleva el recuento de días.
Fuentes
Revisada el 30 de septiembre de 2026
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Las reglas predefinidas cuentan tus días según los límites que fija la ley. No determinan tu situación de visado ni de residencia, y muchas leyes añaden condiciones que un recuento de días no puede reflejar.